La Alcaldesa, Mari Fe Muñoz, junto la Presidenta de la Asociación de Mujeres «La Mesa» Mónica Sicilia y la Secretaria del Ayuntamiento, Inmaculada Román, han firmado el Convenio para la cesión del local del antiguo Gimnasio Municipal para el desarrollo de las actividades de dicha Asociación

La Alcaldesa, Mari Fe Muñoz, junto la Presidenta de la Asociación de Mujeres "La Mesa" Mónica Sicilia y la Secretaria del Ayuntamiento, Inmaculada Román, han firmado el Convenio para la cesión del local del antiguo Gimnasio Municipal  para el desarrollo de las actividades de dicha Asociación.

Dicha Asociación ya tenía un local cedido por el Ayuntamiento desde hace muchos años, pero debido al complicado acceso al mismo por escaleras estrechas y algunos problemas de reparación del tejado, se acordó con las socias ceder el local indicado con anterioridad, más amplio y con mejor acceso para que las socias más mayores no tengan problema a la hora de asistir a las distintas actividades que desde la Asociación se organicen.

Este local, al que ha habido que repararle el suelo lo cual ha hecho que se haya retrasado la entrega del mismo, se encuentra en perfecto estado y se cede a esta Asociación, de forma completamente gratuita durante un año que puede ser prorrogable hasta un total de cuatro años.

La Alcaldesa ha indicado que la cesión de este local tiene por objeto proporcionar a la Asociación un espacio en dónde desarrollar sus actividades y cuya finalidad es de utilidad pública o de interés social, lo redunda en beneficio de los vecinos de este municipio. 

"Es muy importante que las aosciaciones funcionen bien y que el Ayuntamiento les ayude a ese buen funcionamiento, así como también es importantísimo que exista una colaboración mutua entre las asociaciones del muniicpio y el propio Ayuntamiento", ha indicado Muñoz que ha insistido en que desde el Equipo de Gobierno siempre están a disposición de las asociaciones locales para ayudarles en la medida de sus posibilidades.

Según la Cláusula Segunda de este Convenio, el Ayuntamiento está obligado a lo siguiente:

1.- El Ayuntaminto cede a título de precario a la Asociación por un período de 1 año el uso del inmueble descrito en la estipulación primera, libre de cargas y gravámenes.
2.- El Ayuntamiento no dirige ni presta conformidad a las actividades a realizar en los locales cedidos. La Asociación no tiene ninguna relación de dependencia con el Ayuntamiento que no se hace responsable ni directa ni subsidiariamente de los daños materiales, personales o morales que puedan producirse dentro del local.
3.- Corresponden al Ayuntamiento las reparaciones y reposiciones destinadas al mantenimiento estructural del edificio, entendiéndose por tal las que afectan a la estructura del edificio, sus fachadas y cubiertas y las acometidas exteriores de servicios; siempre que sean causa del uso normal y ordinario del centro.

Y según la Cláusula Tercera, la Asociación está obligada a:

1.- La Asociación se obliga a ocupar el inmueble y mantenerlo en funcionamiento durante el plazo restante hasta alcanzar el plazo de cesión estipulado en 1 año, debiendo mantener el mismo, así como el mobiliario y enseres en perfectas condiciones de uso.
2.- La Asociación deberá conservar diligentemente los espacios de uso exclusivo y de uso común y en general de todo el inmueble, como también del mobiliario, respondiendo de los daños que puedan ocasionar sus miembros y usuarios, bien por acción o por omisión, efectuando de forma inmediata y a su cargo, previa autorización del Ayuntamiento, las reparaciones necesarias.
3.- La Asociación deberá hacerse cargo de reponer a su costa cualquier bien, instrumento u objeto fungible, tales como bombillas, lámparas u otros que puedan desgastarse por su uso.
4.- También serán por cuenta de la Asociación todos los gastos de personal que origine su instalación y funcionamiento.
5.- La Asociación será responsable directa de los daños y perjuicios ocasionados a terceros en los espacios cedidos causados por sus miembros y usuarios, bien por acción o por omisión, dolo o negligencia, teniendo la condición de tercero el propio Ayuntamiento. 
6.- La Asociación sólo podrá realizar actividades comprendidas en sus Estatutos, precisando la autorización expresa del Ayuntamiento para la realización de cualquier otra actividad. A estos efectos y en el plazo máximo de 10 los días hábiles siguientes a la firma del presente Convenio deberá presentar copia de sus Estatutos, junto con el original, a efectos de su compulsa, y el proyecto de actividades y servicios.
7.- La realización de cualquier tipo de obra o actuación en el inmueble o instalaciones requerirá la autorización expresa del Ayuntamiento. Las obras o actuaciones quedarán en beneficio del bien inmueble, sin derecho a percibir ningún tipo de indemnización o compensación económica por su realización.
8.- No ceder a terceros el uso de los bienes e instalaciones objeto de la presente cesión de uso.