La Alcaldesa/Presidenta ha publicado un Bando Informativo sobre las restricciones de movilidad desde las 00:00h. del día 29 de octubre hasta las 00:00h.del día 9 de noviembre, según publicación en BOJA de 9 de octubre

La Alcaldesa/Presidenta ha publicado un Bando Informativo sobre las restricciones de movilidad desde las 00:00h. del día 29 de octubre hasta las 00:00h.del día 9 de noviembre, según publicación en BOJA de 9 de octubre, con el siguiente contenido:

Que de conformidad con el Decreto del Presidente 8/2020, de 29 de octubre, BOJA Nº 72 de 29 de octubre de 2020], por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, se informa a la ciudadanía de lo siguiente:

SE RESTRINGE LA ENTRADA Y SALIDA DE PERSONAS DEL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA A PARTIR DE LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DE 2020 Y HASTA LAS 00:00 DEL DÍA 9 DE NOVIEMBRE DE 2020. No se podrán realizar desplazamientos fuera del término municipal, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

1.- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

2.- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

3.- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

4.- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

5.- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

6.- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

7.- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

8.- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

9.- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

10.- Desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo.

11.- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

12.- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Lo que se hace público para general conocimiento.