La Alcaldesa ha dictado un Bando Informativo sobre salidas controladas para niños y niñas a partir del domingo 26 de abril, que se regulan en la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, publicada en BOE en el día de hoy

La Alcaldesa ha dictado un Bando Informativo de conformidad con la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, publicada en BOE en el día de hoy, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y con el fin de que se cumplan las medidas establecidas en la misma.

La edil ha declarado que confía en la responsabilidad de sus vecinos y vecinas a la hora de poner en práctica esta nueva medida, al tiempo que ruega se haga caso a todas y cada una de las indicaciones que recoje esta nueva Orden para evitar cualquier tipo de conflicto, y sobre todo, con el fin de salvaguardar la salud de todos y cada uno de los tojeños y tojeñas.

Las indicaciones que se recogen en esta Orden son las siguientes:

1.    Los niños y niñas de hasta 14 años podrán salir a dar paseos y jugar en la calle una vez al día, durante una hora, en un entorno de un kilómetro como máximo alrededor de su domicilio.

2.    El horario permitido es de 9:00h. a 21:00h. (se recomienda evitar horas punta)

3.    Serán acompañados en todo momento por un adulto responsable que conviva con ellos (puede ser un hermano/hermana mayor de edad). Esta persona adulta podrá salir hasta con tres niños/as y deberá estar en todo momento a una distancia a la que pueda controlarlos. 

4.    Se deben respetar las medidas de distanciamiento social con otros niños/as y adultos, como han establecido las autoridades sanitarias.

5.    Se permite correr, jugar y hacer ejercicio a los niños y niñas, siempre respetando las medidas de distanciamiento social.

6.    Podrán salir con sus propios juguetes, pero no podrán hacer uso de parques ni juegos infantiles comunes.

7.    En el entorno rural, se podrá salir a pasear por el campo, el bosque… respetando siempre las medidas de distanciamiento social.

8.    No podrán salir del hogar, niños, niñas o adolescentes con síntomas compatibles con el Covid-19 o que se encuentren en cuarentena.

La presente orden surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.